En un trabajo, entretanto “clásico“ sobre la historia del derecho mercantil del siglo XIX, acerca de los estudios en las ciencias económicas y jurídicas románico-canónicas de Wilhelm Endemann, el autor se queja de que los primeros tratados independientes sobre asuntos comerciales, aparecidos en el siglo XVI, y no podían ser entendidos por completo sin recurrir a la tradición del derecho canónico. Señalo que juristas famosos como Sigismondo Scaccia (alrededor de 1564-1634) habían juzgado continuamente el derecho comercial y las prácticas comerciales no sólo desde el punto de vista de la jurisdicción secular (fuero externo), sino también desde el punto de la conciencia, que se había entendido como el “tribunal interior” (fuero interno). Dicho de otra manera: Endemann se dio cuenta de que la separación moderna de “moralidad” y “derecho” – o aquí de “religión” y “derecho” – no puedo hacer justicia a las fuentes. No sólo vigilaban los teólogos sobre una forma extrajudicial de la resolución de conflictos ante el llamado “tribunal de la conciencia”, sino también el concepto completo de “normatividad”, “conflicto” y “jurisdicción”se reveló como extraño en esta época.
La representación de Endemann sobre la historia del derecho comercial sugere de nuevo el carácter pluralista de la vida juridica moderna y también el trasfondo fundamentalmente cristiano, ante el cual se desarolló la tradición juridical occidental. Durante la Edad Media y la Edad Moderna, la Iglesia Católica pudo ser vista como una institución global produciendo diversos tipos de leyes y practicando jurisprudencia en la sombra de la estatidad naciente (Duve). Es cierto que las normas, que produjo la Iglesia en este entonces, no se limitaron a cuestiones administrativas internas, el matrimonio o el derecho procesal. También la propiedad, los contratos y el comercio eran de la mayor importancia para una Iglesia que decía tener las llaves del paraíso. Los cientos de manuales para confesores y tratados e n material de contratos, justicia y la ley, que aparecieron en la Edad Moderna, atestiguan el gran esfuerzo de los canonistas y teólogos morales para crear un nuevo marco legal permitiendo a los comerciantes hacer frente a los aspectos “éticos” y “legales” de las nuevas formas emergentes de negocio (Prodi).
El siglo XVI vio surgir a un “capitalismo comercial” a raíz del descubrimiento de América y concomitantemente el crecimiento de la Iglesia con el establecimiento de normas regulando globalmente transacciones comerciales capaces de salvar las almas de los comerciantes.
Este proyecto quiere arrojar nueva luz sobre la historia del derecho comercial, tomando en serio la fundamental estructura normativa religiosa, debido a que en ella el derecho comercial tiene su orígen. Mediante la synopsis de obras de canonistas y teólogos concretos (p.ej. Summenhart, Dr. Navarrus, Lessius) con las obras de juristas modernos (p.ej. Scaccia, Felici, Klock) sobre temas específicos (tales como la equidad, las cooperaciones, el cambio de dinero) tratará de encontrar respuestas a las preguntas siguientes: 1) ¿Cuál era la relación entre el discurso emergente sobre el derecho comercial secular y la tradición legal canónica; o dicho de otra manera: ¿cómo interactuaban el fuero interno y el fuero externo como modos de resolución de conflictos? 2) ¿Existía alguna conexión entre los cambios en la evaluación de prácticas comerciales específicas y desarollos simultáneos en el derecho contractual general? 3) ¿Fueron los teólogos los “articuladores” e ideólogos de una estructura global de relaciones horizontales entre los proprietarios de los derechos individuales del dominium – una estructura de relaciones humanas que nos hemos acostumbrado de denominar “capitalismo” (Koskenniemi)?